Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1893-1894 (Cortes de 1893 a 1895)
Sesión: 6 de abril de 1894
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Réplica
Número y páginas del Diario de Sesiones: 100, 3341-3342
Tema: Prioridad del Congreso para tratar de todo proyecto de ley que modifique o derogue el régimen tributario de nuestras Aduanas

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: La tiene S. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Entiende el Gobierno que todo proyecto de ley que se refiera directamente a los presupuestos debe ser presentado en el Congreso antes que en el Senado; pero como S. S. ha reconocido, existe la práctica parlamentaria de que los tratados de comercio, a pesar de relacionarse con los presupuestos, se presenten indistintamente primero en uno o en otro Cuerpo Colegislador; ahora ha sido más necesario que nunca, siguiendo esa práctica, presentarlos antes en el Senado que en el Congreso, porque mientras este Cuerpo Colegislador tiene pendientes los debates políticos, que, según lo que parece, invertirán todo el mes de Abril, la otra Cámara, donde ya se hallaban pendientes de debate algunos tratados de comercio, apenas tiene otros proyectos de ley en que ocuparse.

Dice el Sr. Sánchez Toca que estos tratados varían completamente el actual sistema arancelario. Claro es que lo modifican; pero lo mismo sucede con casi todos los tratados de comercio; apenas habrá alguno que no signifique alguna diferencia en el régimen vigente, porque los tratados serían inútiles si no implicaran alguna modificación del sistema arancelario; y a pesar de eso, los tratados, como S. S. mismo ha reconocido, han sido discutidos en primer lugar indistintamente en el Congreso o en el Senado. Bien hubiera deseado el Gobierno dar gusto a S. S., porque hubiera preferido traer esos tratados primero al Congreso, como prefiere presentar aquí en primer término todo proyecto de ley que modifique la de presupuestos.

Creo que estas palabras satisfarán al Sr. Sánchez Toca; pero si no le satisficieran, estoy dispuesto a dar a S. S. mayores explicaciones.

El Sr. SÁNCHEZ DE TOCA: Pido la palabra.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: La tiene S. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): No es que el Gobierno quiera establecer hoy este precedente, sino que se lo encuentra establecido porque el Sr. Sánchez de Toca ha reconocido que es costumbre que los tratados se hayan presentado indistintamente en una u otra Cámara. Ahora, que un tratado modifique en más o en menos el sistema arancelario, no puede influir en el principio hasta el punto de que unos tratados hayan se presentarse precisamente primero en el Congreso que en el Senado porque habría necesidad de determinar cuándo y en qué cantidad han de modificar los aranceles los tratados para que unos vengan al Congreso y otros vayan al Senado. En realidad, el artículo constitucional se refiere únicamente a la preferencia en los presupuestos y un tratado por el cual puede quedar modificada una ley arancelaria no puede decirse que sea propiamente una ley de presupuestos, por mucha que sea la relación que haya entre una ley arancelaria y una ley de presupuestos; realmente, la prelación que la Constitución reconoce al Congreso no se refiere más que a la ley de presupuestos y a las leyes de crédito público; si la Constitución hubiera querido comprender otras leyes en el precepto, lo hubiera hecho.

Creo, por lo tanto, que no es el partido liberal el que ha establecido el precedente; y lo digo con tanta mayor sinceridad, cuanto que de cualquier modo que sea, no tiene inconveniente el partido liberal en aceptar esa responsabilidad; pero es posible que haya sido el partido conservador el que haya tomado la iniciativa; no lo recuerdo, pero uno y otro partido han pasado por esa práctica y por esa costumbre.

Por lo demás, claro está que si se da al artículo constitucional la interpretación que quiere el Sr. Sánchez de Toca, apenas habría ley que no tuviera que discutirse primero en el Congreso porque no hay ley de importancia que no tenga relación con los presupuestos del Estado; dando la extensión que S. S. quiere dar al artículo constitucional, sería necesario que todas las leyes vinieran aquí antes de ir al Senado. Pero no, la Constitución ha tenido cuidado de determinar, al establecer la preferencia de este cuerpo respecto del otro, que se trata únicamente de las leyes de presupuestos y de crédito público.

De todos modos, yo creo que cualquiera que haya sido el partido que haya tomado la iniciativa, aceptaría la responsabilidad que yo también acepto, y que me parece que tampoco ha de rechazar el señor Sánchez de Toca.



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